Por si había dudas
Lo cuentan aquí , y la noticia la he encontrado en esta página .
No entraré en el fondo de la cuestión, para ello habría que conocer los argumentos de ambas partes recogidos en sus escritos de demanda y contestación; aunque les adelanto que estas prácticas de las sociedades de gestión son el verdadero «problema del cánon» (y no los 30 céntimos que paga el usuario), y en los próximos meses es probable que vayamos conociendo otras sentencias que, atendidos los argumentos de defensa quizás arrojen fallos contradictorios.
Sí quiero detenerme en algunas afirmaciones de la Sentencia extractadas a modo de «off topic»:
La Sentencia informa que la ley faculta al «titular de los derechos de propiedad intelectual para recibir una cantidad equitativa sobre las reproducciones privadas de sus obras que terceras personas realicen y esta dirigido para compensar al autor, editor, productores de fonogramas y videogramas, artistas, interpretes…» y «cuya nota característica es la de proporcionar a su titular de una cuantía económica como consecuencia de actos de explotación sobre su obra realizados por terceros y respecto de los cuáles no tiene capacidad alguna de control. Es decir, no está facultado para autorizarlos ni para vetarlos».
Les suena de algo este argumento?
[…] Juez sentencia que el canon es legal y que no existen argumentos para poder ser apreciado como inconstitucional … Bloguespierre comenta esta sentencia y da el enlace. […]