Algunas perversiones de la Web 2.0 | «tu trabajas y yo cobro»
Los parroquianos de esta casa ya conocen mi lema: «no se crean lo que les cuento, acudan a la fuente»:
De los avisos legales de SlidesShare:
«Nothing in these Terms of Service change, affect or diminish in any way whatever rights Submitters may have in the Submissions.»
pero …
«By submitting the Submissions to SlideShare, however, you hereby grant SlideShare a worldwide, non-exclusive, royalty-free, sublicenseable and transferable license to use, reproduce, distribute, prepare derivative works of, display, and perform the Submissions in connection with the Site and SlideShare’s (and its successor’s) business, including without limitation for promoting and redistributing part or all of the Site (and derivative works thereof) in any media formats and through any media channels (except to the extent limited by, and expressly stated in the applicable additional terms and conditions for, Premium Services offered by SlideShare).»
De los avisos legales de You Tube:
«C. For clarity, you retain all of your ownership rights in your User Submissions.»
pero …
fuera de tema: ¿las empresas estadounidenses sólo saben hablar/ escribir en inglés o forma parte de una política de desprecio al resto del mundo?
ACTUALIZACIÓN (gracias Jomra): Los términos de YouTube en «apañó»:
«10. Derechos que Ud. otorga bajo licencia
10.1 Al cargar o publicar un Archivo de Usuario en YouTube, Ud. estará otorgando:
1. a favor de YouTube, una licencia mundial, no exclusiva, exenta de royalties y transferible (con derecho de sub-licencia) para utilizar, reproducir, distribuir, realizar trabajos derivados de, mostrar y ejecutar ese Archivo de Usuario en relación con la prestación de los Servicios y con el funcionamiento del Sitio Web y de la actividad de YouTube, incluyendo sin limitación alguna, a efectos de promoción y redistribución de la totalidad o de una parte del Sitio Web (y de sus trabajos derivados) en cualquier formato y a través de cualquier canal de comunicación;
2. a favor de cada usuario del Sitio Web, una licencia mundial, no exclusiva y exenta de royalties para acceder a sus Archivos de Usuario a través del Sitio Web, y para utilizar, reproducir, distribuir, realizar trabajos derivados de, mostrar y ejecutar dichos Archivos de Usuario en la medida de lo permitido por la funcionalidad del Sitio Web y con arreglo a los presentes Términos y Condiciones.
10.2 Las anteriores licencias otorgadas por Ud. con respecto a los Videos de Usuario quedarán canceladas cuando Ud. elimine o borre sus Videos de Usuario del Sitio Web.
Las anteriores licencias otorgadas por Ud. con respecto a los Comentarios de Usuario son de carácter perpetuo e irrevocable, sin perjuicio de sus derechos de propiedad, cuya titularidad le corresponderá a Ud. en todo momento conforme a lo estipulado en el epígrafe 8.2 anterior.»
hummm … pués no se por donde «coger» esta cláusula con la legislación de derechos de autor de los 25 paises que he estudiado en los últimos años.
Saludos
Suele ser dejadez (el resto del mundo no existe y tal con pascual)… Aunque, en el caso de Youtube, tiene los términos en castellano:
http://es.youtube.com/t/terms .
En el otro… bueno, el sitio sólo está en «gringo» :P.
Hasta Luego 😉
[…] Sean P. Aune wrote an interesting post today!.Here’s a quick excerptLos parroquianos de esta casa ya conocen mi lema: “no se crean lo que les cuento, acudan a la fuenteâ€: De los avisos legales de SlidesShare: “Nothing in these Terms of Service change, affect or diminish in any way whatever rights … […]
[…] Patric Herber wrote an interesting post today!.Here’s a quick excerptLos parroquianos de esta casa ya conocen mi lema: “no se crean lo que les cuento, acudan a la fuenteâ€: De los avisos legales de SlidesShare: “Nothing in these Terms of Service change, affect or diminish in any way whatever rights … […]
Ya conocen el chiste: uno que habla dos idiomas es bilingüe, uno que habla tres es trilingüe, y uno que sólo habla un idioma es … ¡usaniano! 🙂
Jomra,
en español se entiende mejor … curioso ésto de las «licencias» de quita y pon 😀
Fernand0,
había olvidado ese chiste 😀 😀
Saludos
Lo que me deja perplejo es el «licenciamiento» para obras derivadas, no le encuentro necesidad alguna dentro del necesario «licenciamiento» de «redistribución» (en tanto que youtube siempre permite embeber los vídeos y tal). Además, esas obras derivadas no tienen límites aparentes…
En fin, uno trabaja y los otros cobran 😛
Hasta Luego 😉
Anda, ¿y esos dos trackbacks «spameros»? Citan el comienzo de tu artículo, dando otro nombre como fuente. Parece un sistema automático.
[…] Gracias a un correo a la lista de Aprendices de Pablo Garaizar me entero de una iniciativa, cuanto menos, curiosa. “De la Web 2.0 a la Web Libre y punto” es el tÃtulo de dicha propuesta, surgida desde el Hackelarre (hackmeeting 2007 en Guernica). Básicamente exponen su desacuerdo con la “Web2.0″ controlada por grandes compañÃas que trabajan con software privativo y que hacen y deshacen con sus usuarios y los datos de los mismos lo que les da la gana (en este sentido recuerdo una serie de artÃculos de Pedro J. Canut en que denuncia las leoninas condiciones de uso de esos famosos portales web -1, 2 y 3, como muestra-), y como el estar simplemente en contra no sirve de nada, proponen construir una Web Libre. […]
[…] información y los contenidos de terceros, están las plataformas de directorio y/o indexación tipo Youtube o ZaragozaDirecto. Plataformas que, atendida la ¿extrema? cercanía para el usuario a los contenidos […]
[…] de allí casan mal con mi concepto de libertad (tan diferente al de los usanianos!!!) … y por que mis derechos son míos y prefiero la […]
[…] habíamos avisado, más de una vez y más de dos … pero no mola, ¡ no es guay […]
[…] Pero bueno, de este tema otros, como Pedro Canut, ya han tratado repetidas veces (dos muestras: 1 y 2), y no son pocos los que se niegan a usar servicios web para no “perder” los derechos […]
[…] o no se ha leído sus propios avisos legales de los que – imagino – es responsable por su […]
pj tienes razon que lo han puesto bien mareado. La licencia (y sublicencias) se da «en relación con la prestación de los Servicios y con el funcionamiento del Sitio Web y de la actividad de YouTube» y si la ceden a terceros eso puede causar pleitos antologicos para determinar si el tercero tiene que ver con «la actividad de YouTube» o no. Pero desde luego, parece que sacar un programa de television con contenidos de YouTube estaria cubierto por la sublicensia, acojonando.
[…] con esto, Pedro Canut ya nos informó de algunas claúsulas de estos servicios de la web 2.0 y los puntos oscuros que pueden presentar. […]