open government aplicado al cine subvencionado
Bajo el anglicismo open government, abanderado por la administración Obama (que tiene sus orígenes en U.S.A. en la década de los 60) subyace, a este lado del Atlántico, toda una batería de normativa emanada de la Unión Europea que, en su transposición al Ordenamiento Jurídico patrio, ha cristalizado – entre otras – en la Ley 30/2007 y 31/2007, ambas de 30 de octubre para exigir la transparencia en la contratación de la Administración Pública y determinados sectores estratégicos (electricidad, transportes …); la Ley 11/2007, de 22 de junio, que garantiza el derecho de acceso de los ciudadanos a la Administración por medios telemáticos y la Ley 37/2007, de 16 de noviembre de reutilización de la información del sector público para el fomento de la transferencia de información -pagada con nuestros impuestos- al sector privado mediante el pago de un precio público.
Y es en este contexto de «open government a la española» donde encontramos el verdadero sentido a la política de subvenciones al cine español llevada a cabo por el Ministerio de Cultura.
El modelo de la subvención no es ni mejor ni peor que el de libre mercado (entendiendo éste como aquel sustentado en un riesgo empresarial a partir de financiación privada) y ambos modelos pueden coexistir; el modelo del cine subvencionado es, sencillamente distinto. La distorsión del sistema viene de no aplicar las políticas de subvención hasta sus últimas consecuencias. Y me explicaré:
El cine subvencionado, en el contexto arriba descrito, es un cine que no debe competir en el mercado, puesto que parte de una posición de privilegio inaceptable desde el punto de vista de las normas de defensa de la competencia que rigen el mercado; pero ello no implica que deba quedar en el ostracismo de las cinematecas. Lo que implica es que debe convivir con el cine no subvencionado pero a través de otros canales de distribución.
Por otra parte existe una presunción ex artículo 88 L.P.I. de cesión en exclusiva al productor (en este caso, y por efecto de la subvención, el Estado), con algunos límites, de los derechos de explotación sobre la obra cinematográfica.
La consecuencia, de “lege data”, es que llevar el modelo subvencionado a sus últimas consecuencias supone retirar las obras cinematográficas subvencionadas del mercado – lo cual reactivará la iniciativa privada con un efecto enriquecedor para el sector y para los consumidores – y llevarlas a cauces inspirados en las políticas de open government y derecho de acceso de los ciudadanos a la cultura; concretando:
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Devolución de la cultura cinematográfica subvencionada a los ciudadanos que la han sufragado con sus impuestos, mediante acceso online con DNIe.
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Aplicación de precios públicos a la reutilización de las obras subvencionadas por parte de empresas nacionales o foráneas (de donde a su vez se podrá detraer, de forma transparente, la remuneración a los autores establecida en el artículo 90 L.P.I.).
Reconozco que llevar la política de cine subvencionado a sus últimas consecuencias supone “nadar contra corriente” … y eso es algo reservado a nadadores expertos 😉
Salud
No estaría mal. De todas formas, sería diferente si consideramos qué porcentaje es la subvención con respecto al producto final (porque si es un 10%, pues pierde un poco de sentido). Pero no estaría nada mal aplicar una serie de contraprestaciones a las producciones subvencionadas que garanticen el acceso a dichas obras en relación a la cantidad aportada con respecto a una serie de baremos más o menos claros (o por cantidades o por porcentajes) y eliminar determinadas trabas (como el tiempo que debe pasar entre el estreno y la versión en DVD), así como evitar los «estrenos en falso» para cobrar las subvenciones y que la película tenga una verdadera distribución.
Y no sé hasta qué punto el subvencionar aspectos distintos a la producción sea más inteligente que subvencionar la propia producción (ya se hace con los guiones, y bastante bien, pero se debería pensar más en la distribución-publicidad -las películas más vistas, sobre todo en sus primeras semanas de estreno, son las más y mejor publicitadas-).
En todo caso, estoy de acuerdo, si una actividad se subvenciona (sobre todo si es alta esta subvención en relación al coste final), no debe competir con productos no subvencionados y todos los que lo hemos pagado nos tenemos que ver beneficiados.
Hasta luego 😉
¡ ya verá usted el (nulo) caso que me hacen ! 😛